En búsqueda del equilibro

Bogotá, abril 14 de 2019

El uso de las redes sociales implica mayores responsabilidades antes que más libertades. El derecho a la libre expresión así lo dicta.

Sin embargo, pareciera que en estos nuevos espacios de libertad, el ser humano perdiera completamente la noción de respeto a la reputación y a la vida del otro.

La libertad de expresión es casi tan extensa como las formas de comunicación entre las personas. Por eso no es fácil -ni justo-, pretender regular la formación de la opinión pública, como garantía para una democracia abierta.

Parece arbitrario imponer penas a quienes expresan lo que sienten o piensan frente a todo lo que les rodea. En este sentido, la discusión se concentra en el desvanecimiento de la línea que diferencia la libre expresión de la calumnia, o los espacios de debate, en campos de batalla; convirtiendo las mentiras en balas que tienen tanto alcance que es imposible contener sus efectos.

El derecho a la libertad de expresión se encuentra consagrado en los artículos 13 y 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el artículo 4 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, textos en los cuales está claramente establecido que el ejercicio del mismo no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades posteriores relacionadas con el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; a la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud y la moral pública.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) también ha sostenido que “la libertad de expresión (…) es aplicable no solamente a las informaciones o las ideas que sean favorablemente recibidas, sino también a las que ofendan, consternen o perturben al Estado o a cualquier otro sector de la población”.

En el caso de Colombia, el artículo 20 de la Constitución Política protege este derecho desde una dimensión individual que prohíbe al Estado menoscabar o impedir la manifestación del pensamiento a cualquier persona y una dimensión colectiva, que garantiza la recepción de información y el conocimiento de la expresión del pensamiento ajeno.

Sin embargo, aunque estas normas nacieron para promover el pluralismo y la tolerancia, en ninguna de ellas se da licencia abierta para perpetuar los prejuicios e ir mucho más allá de las simples expresiones de rechazo.

Amenazas, insultos, difamaciones disfrazadas de opiniones, nos hacen vulnerables a quienes somos objetivo de los llamados “influenciadores”, pues lejos de buscar la verdad, utilizan a sus seguidores como multiplicadores del odio.

Si bien no se puede criminalizar a alguien por exponer sus ideas, sí es urgente que la justicia en Colombia se adapte al reto que representa tener claros los límites en las nuevas formas de comunicación, en cuanto a que afecte la reputación y atente contra la vida del otro.